LSSI
La LSSI, en este sentido, establece tanto
a los proveedores de servicios de intermediación, como a las empresas que
ofrecen sus productos y a los ciudadanos que posean una página web, las reglas
necesarias para que el uso y disfrute de esta red, así como la posible
actividad económica generada en torno a la compra y venta de todo tipo de
productos y servicios, sea una experiencia positiva, segura y confiable.
La Ley de Servicios de la Sociedad de la
Información y de Comercio Electrónico regula determinados aspectos jurídicos de
los Servicios de la Sociedad de la Información. Por lo tanto, conforman estos
Servicios las siguientes actividades:
a.
Comercio electrónico
b.
Contratación en línea
c.
Información y publicidad
d.
Servicios de intermediación
La Ley General de Telecomunicaciones y
que afectan a la LSSI ya que modifican parte de su articulado, cabe señalar la
facultad incluida en el Artículo 39bis, Punto 2 que permite a los órganos con
potestad sancionadora apercibir al sujeto responsable de una infracción con el
fin de que adopte las medidas correctoras necesarias antes de la apertura del
procedimiento sancionador.
Esta posibilidad de apercibimiento
previo facilita la regularización de situaciones anómalas por parte del
prestador sin por ello causarle perjuicio económico.
0 Comentarios